¿Por qué no sirve ya la Constitución española de 1978 y se hace precisa una nueva?

La Constitución española de 1978 ha resultado en extremo útil a sus enemigos y a los de España como nación, de tal forma que la han explotado en su beneficio con la aquiescencia torpe e irresponsable en extremo de quienes decían defenderla, pero que no hacían otra cosa todos los días que almoneda de ella; nos referimos, claro está, a los dos partidos mayoritarios, PSOE y PP, ambos de acuerdo en su mantenimiento con gran regocijo de los grupos nacionalistas.

Las razones por las cuales se hace necesaria una nueva Constitución, y no su reforma en algunos aspectos de ésta, son muchas, pero antes convienen algunas reflexiones de contexto.

32 años de vigencia de la Constitución española han necesitado sus enemigos para producir un gravísimo deterioro de la vida nacional, en algunos casos irreversible, y también de esta Constitución que le da marco, del conjunto de las instituciones y de los derechos y libertades de los españoles.

La Justicia, la enseñanza, las atribuciones del Rey, la España de las autonomías, el terrorismo, la Defensa nacional… todas y cada una de las áreas que analicemos se convendrá que no han tenido amparo alguno en la Constitución española -pudiendo haberlo tenido-, sino todo lo contrario, la Constitución ha servido de coartada porque tanto su texto como los llamados a velar por ella son soporte de los vicios de origen del actual sistema político español, principalmente el consenso y el sistema electoral general pactado por las fuerzas mayoritarias y que permite la perpetuación de las castas políticas que hoy nos gobiernan.

La regeneración política y social de España no es una tarea ni fácil, ni exenta de peligros ni inmediata en su consecución. Si como decimos, estos 32 años de la Constitución de 1978 han sido aprovechados para cambiar prácticamente de raíz la nación española, también se necesitarán, en el mejor de los casos, muchos años para restituir en lo posible lo que nunca tuvo que ser alterado, implementar nuevas formas políticas y conducir por camino seguro el presente de los ciudadanos. Es una tarea ésta, la de la regeneración política y social, que se libra en el seno de la opinión pública y en el mundo de las ideas con iniciativa y valentía, desestructurando y construyendo a la vez, solos y con aliados, con convicción, alternativas y mucha firmeza.

 

Las razones por las que se propone en el horizonte de los próximos años, sin que pueda precisarse cuantos, una nueva Constitución para los españoles son, resumidamente, las siguientes:

1.- La obsolescencia del texto constitucional. El ex Presidente del Tribunal Constitucional y miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, Manuel Jiménez de Parga, recuerda que la implantación de internet y de la telefonía móvil –con accesos respectivos del 60 y el 94 por ciento, respectivamente, de la población española, como nos apunta Charles Powell en 2010- “son fenómenos de consecuencias imprevisibles que están revolucionando la vida cotidiana de los españoles. De ahí que la Constitución de 1978 se haya quedado vieja”[1]. Escribe el también profesor: “Los constituyentes de 1978 no contemplaron, ni podían contemplar, lo que serían las redes sociales. Tampoco prestaron la atención debida a las mutaciones que efectuaría la televización de lo público. Y con una cierta arrogancia dejaron cerrada la tabla de derechos fundamentales, sin prever que en la sociedad fluida del futuro aparecerían unos derechos a los que habría que dar protección”.

La doctrina constitucional portuguesa –véase también el caso argentino- de los derechos extraconstitucionales es muy reveladora de las cuestiones que se plantean en el momento presente. Porque la protección generosa que propicia el artículo 10.2 de la Constitución española no colma ya las legítimas pretensiones del pueblo español. Por el contrario, son los derechos extraconstitucionales que no fueron tenidos en cuenta en 1978 los que en este momento debemos considerar para dar plenitud a un proyecto democrático.

Acaso esté más próxima de lo que pensamos la democracia por ordenador, son ya muchos los políticos que a través de sus blogs o redes sociales comparten con sus votantes sus opiniones.

Termina el profesor Jiménez de Parga con estas palabras: “He aquí el destino de un texto constitucional que resulta viejo con sólo 30 años, pues se aplica a una sociedad en la que el modo de ser y de convivir cambia vertiginosamente al iniciarse el siglo XXI”.

 

2.- La Constitución recoge principios de limitación de la pluralidad política y de la participación libre de los ciudadanos, como en el caso, fundamental, del sistema electoral que son inasumibles hoy desde concepciones democráticas[2].

La Ley Orgánica 5/1985 consolidó un sistema electoral cuyas referencias estaban en la ley preconstitucional para la Reforma Política de 4 de enero de 1977 y recogidas en el Real Decreto-Ley 20/1977, de 18 de marzo, que reguló las primeras elecciones democráticas. Estos mismos antecedentes pasaron a la Constitución española de 1978 y todos fueron ratificados en 1985 en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

De entre los 300 y 400 diputados que fija el artículo 68.1 de la Constitución, el artículo 162 de la LOREG mantiene la cifra de 350 que ya figuraban en la ley preconstitucional. Pero la distribución poblacional española y el crecimiento del padrón de habitantes desde 1977 han provocado la segunda ratio entre diputados y electores más baja de los países europeos.

El artículo 68.2 de la Constitución consagra también una representación mínima por provincia, así de 100 escaños del Congreso más otros dos de Ceuta y Melilla se reasignan con independencia de la población, por lo que el número de votos necesarios para la atribución de un escaño presenta importantes desviaciones de unas circunscripciones a otras.

Para garantizar el principio de proporcionalidad exigido por la Constitución, la LOREG optó por recoger, pero sin nombrarla, la fórmula utilizada desde las primeras elecciones democráticas, o Ley D´Hont. Rosa Díez, líder de UPD, sostiene que “dado que es imposible en democracia imponer el partido único, han legislado lo más parecido, el bipartidismo”.

Para alcanzar la igualdad de los electores y de los partidos puede optarse por el aumento del número de diputados a 400 y la reducción de la representación mínima inicial a un diputado. Asimismo, debería sustituirse la fórmula D´Hont por el método Hare, que aporta mayor proporcionalidad.

Y para lograr un refuerzo de la participación de los electores, habrá de modificarse el sistema de listas de candidatos al Congreso para que los votantes elijan el orden de preferencia de los candidatos incluidos en la lista, es decir, listas desbloqueadas.

También deben considerarse medidas de regeneración general electoral, como prohibir las campañas institucionales y de inauguraciones, consagrar la reducción de la publicidad electoral en campaña, reducir al mínimo los gastos de las candidaturas, congelar las subvenciones por voto/escaño y mailing con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. La neutralidad de los medios de titularidad pública resulta, asimismo, esencial.

El acuerdo entre el PSOE y el PP, del que se benefician los grupos nacionalistas, es que no cambie nada para garantizarse ambos la alternancia en el poder, por lo que no es posible la modificación del sistema electoral con la actual correlación de fuerzas.

Pues bien, la Constitución española recoge estos principios limitadores de la pluralidad política y de la libertad de los electores e impide la participación efectiva de los ciudadanos, por lo que, también por este motivo, debe merecer nuestra censura.

 

3.- La enseñanza libre, no doctrinaria, de calidad, elegida por los padres para sus hijos no ha encontrado claro amparo  en la Constitución, incluso ésta ha servido para tropelías como las que denuncia el filólogo y académico Francisco Rodríguez Adrados. La enseñanza secundaria está en crisis de resultas de la Ley General de Educación del 70, de la LOGSE del 90 y de la nueva Ley de 2006, y la enseñanza universitaria comienza a recibir el impacto negativo de Bolonia, que significa una rebaja de lo que había, que ya era criticable como consecuencia de la escasa preparación con que llegan los alumnos a la Universidad española. Sí se mantienen con ciertas escalas de calidad la enseñanza primaria y las especializaciones científicas.

Es claro que el ideal del esfuerzo y el mérito no son compartidos por millones de estudiantes españoles, ni por una parte del profesorado ni responsables públicos y que los enemigos de una enseñanza libre no tienen reparo alguno en invocar la Constitución española para sus propósitos, y esto es así porque les sirve en defensa de sus tesis.

Jon Juaristi, ensayista, ex director de la Biblioteca Nacional y columnista de prensa, sostiene que los modelos educativos no deben ser los mismos para alumnos de capacidades e intereses distintos, porque los modelos únicos imponen una nivelación a la baja, desaniman a los más capaces, frustran a los más esforzados y amplían el número de los indolentes.

Podría argumentarse que son los intérpretes interesados de la Constitución, y no la Constitución misma, los que yerran  y propician el mal estado de la enseñanza o de otro cualquier estado actual de la cosa pública, pero no sería cierto. Nadie duda que esos intérpretes son interesados, es más, viven del mal funcionamiento del Estado, del que son responsables, y aquélla, la Constitución, –y aquí sólo avanzamos algunas ideas- responde a lo que los llamados “padres” de la misma diseñaron, es decir, un texto pactado entre los servidores reformistas del antiguo régimen y la izquierda que perdió la Guerra Civil, con los resultados desastrosos que son hoy reconocidos por quienes se atreven a pensar por sí mismos.

El alto grado de indefinición de la Constitución española siempre servirá a los más atrevidos, a los que tienen mayor capacidad de iniciativa, a los que cuentan con un proyecto sin importarles los medios, y no a una masa silenciosa e inerme de ciudadanos que depositan la soberanía nacional en tahúres profesionales que amañaron el régimen electoral para ganar todas las partidas. Esta situación ha resultado, a la postre, profundamente criminógena para la sociedad española, y de aquellos lodos estos polvos.

La crisis económica remitirá, pero el problema que nos condena a malvivir el futuro es la pésima educación recibida por la mayoría de nuestros hijos.

¿Es sostenible una sociedad de millones de ciudadanos enamorados de ellos mismos y dispuestos a autosatisfacerse con todas las gratificaciones inmediatas que ofrece la vida? Pues esta es la recompensa hedonista que se les ofrece a los más jóvenes por parte de muchos de sus padres, de un sector del profesorado, los medios de comunicación y las Administraciones Públicas.

Con una inversión en educación que no ha cesado de crecer en los últimos veinte años, y que está en los alrededores de la media europea, los resultados obtenidos no han cesado de empeorar. España padece una tasa de abandono escolar temprano del 31,8%, lo que supone más del doble de la media europea (Andalucía del 38%) a comienzos de 2011. El paro juvenil en España es del 40,93%(en Andalucía del 48,89%). El porcentaje de titulados en secundaria no obligatoria ha descendido en España un 6% en los últimos diez años, hasta quedar en un raquítico 59,9%, cuando los acuerdos de Lisboa preveían alcanzar un 85% a finales de 2010. Sucesivos informes nacionales e internacionales (PISA, Instituto Forma, etc.) muestran que las capacidades adquiridas por nuestros alumnos son cada vez más pobres.

Por otra parte, el número de agresiones de alumnos a sus profesores (o a sus padres) ha crecido hasta convertirse en un problema importante. También la necesidad de crear cursos cero en las universidades para los nuevos alumnos señala el bajísimo nivel con que llegan. Una consecuencia clara de todo ello son los 750.000 ninis españoles –ni estudian ni trabajan-.

Pese a los denodados y patéticos esfuerzos de los llamados pedagogos progresistas por culpar de la catástrofe en que está sumido nuestro sistema de enseñanza a las cosas más pintorescas -la televisión, la falta de formación pedagógica de los profesores o el bajo nivel cultural de los padres de nuestros alumnos-, es fácilmente comprobable que la debacle comenzó con la entrada en vigor de la LOGSE, una ley educativa elaborada, precisamente, por los pedagogos progresistas.

El inmediato desastre producido por la LOGSE se achaca a “la falta de fe en ella de los profesores”, y fuerza el encargo (curiosamente a los mismos ideólogos pedagógicos) de una nueva ley: la LOE (en Andalucía, LEA). Los resultados son todavía peores, pero los integristas pedagógicos culpan a cualquier cosa antes de aceptar el fracaso estrepitoso de sus abstrusas teorías, preferentemente, de nuevo a los profesores, a los que ahora achacan falta de formación pedagógica.

Los métodos que usan los pedagogos progres son propios de una secta religiosa. En su excelente libro “La secta pedagógica”, su autora, Mercedes Ruíz Paz, señala cómo comienzan sembrando la inseguridad entre los docentes, a los que acusan de no saber enseñar. Los pedagogos, que no saben de nada, se obcecan en afirmar que ellos enseñan a enseñar y a aprender. Curiosa afirmación, pues difícilmente sabrá cómo enseñar matemáticas quien no sepa nada de matemáticas. También acusan a los profesores de no prestar la debida atención a la vida social o afectiva de sus alumnos, pese a no ser de su incumbencia. Además, precisamente, la introducción en las aulas de las teorías pedagógicas progresistas ha empeorado la vida emocional tanto de alumnos como profesores.

La pedagogía progre, que apoya al círculo próximo al actual gobierno, ha aprovechado su influencia para hurtar cualquier debate social sobre el actual estado de la enseñanza en España. Sin embargo, se han realizado con cargo a los presupuestos públicos multitud de congresos y jornadas entre correligionarios de la pedagogía oficial.

El lenguaje de los pedagogos progres es mero camelo. Algunos de sus libros no contienen una sola frase que signifique algo. “En las fronteras de la educación”, de Ángel I. Pérez Gómez, profesor de la UMA, es un buen ejemplo de ello. Los que saben escribir mínimamente, siempre se parapetan en palabras bonitas y facilonas, en ideas aparentemente positivas, aunque no resistan el menor análisis. Con esas técnicas sectarias han logrado un increíble poder en la maquinaria del Estado, especialmente en Educación.

Lo que han perpetrado ha sido una monumental estafa a la sociedad: dos generaciones de jóvenes españoles carecen de las herramientas conceptuales básicas para interpretar de manera racional la realidad.

Estos planes “educativos” han podido llevarse a la práctica con la imprescindible colaboración de los llamados “sindicatos de clase” (y también de algunos otros). Los supuestos representantes de los docentes se han ocupado de evitar por todos los medios que los progresivos destrozos causados en el sistema de enseñanza por la pedagogía progre salieran a luz. No sólo no han defendido a sus representados, los profesores, sino que no han dudado en ocultar casos de acoso laboral contra profesores críticos, llevados a cabo nada menos que por la inspección educativa. Incluso han colaborado en ese acoso.

Esos sindicatos han apoyado tozudamente cada nuevo dislate de la pedagogía oficial (Plan de Calidad, ROC). También mediante la transformación del cuerpo técnico de inspectores educativos en un comisariado político en el que se entra a dedo y sin más condición que ser pedagogo y afecto al régimen. De los centros puede decirse otro tanto, aunque todavía queden excepciones.

Otro factor ha sido el apoyarse siempre en el victimismo de los peores alumnos y sus padres, así como en las AMPAS, que suelen estar controladas por padres progres con pretensiones políticas, aunque apenas representen de hecho a nadie.

Esta pedagogía inicialmente se impuso en los países anglosajones, de los que es originaria, pero allí (y en todos los países en los que llegó a aplicarse) han dado marcha atrás ante los pésimos resultados obtenidos. Sólo en España, gracias al enorme poder adquirido por los pedagogos en el entorno buenista, se ha enquistado, para desgracia del país.

4.- La Constitución no garantiza la separación de poderes y convierte la Justicia en prostituta del Poder Ejecutivo y Legislativo.

Teodoro González Ballesteros, catedrático de Derecho Constitucional[3], sostiene que la Administración de Justicia es lenta y, por tanto, dudosa en su eficacia, y su Consejo General, órgano de gobierno de jueces y tribunales, configurado en el Título VI de la Constitución y en la Ley Orgánica de 10 de enero de 1980, inició su perversión con la promulgación de la Ley Orgánica de 1º de julio de 1985, para que sus 20 miembros fueran directamente elegidos por los partidos políticos con representación parlamentaria. Así, las plazas de los presidentes de Sala y magistrados del Tribunal Supremo, presidencia de la Audiencia Nacional y presidentes de sus Salas, presidencias de Tribunales Superiores de Justicia y presidencias de sus Salas, así como de los magistrados de las Salas de lo Civil y Penal de los mismos, y presidencias de Audiencias Provinciales se eligen discrecionalmente por el Consejo, que a su vez es elegido por los partidos políticos presentes en las Cortes.

Conviene recordar que el posible enjuiciamiento de los ministros del Gobierno y de su presidente, al igual que el de los miembros de las Cámaras, es competencia de la Sala de lo Penal del Supremo; y en el caso de los gobiernos de las Comunidades Autónomas y componentes de sus asambleas legislativas, de las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores. Respecto al Tribunal Constitucional, la elección de 8 de sus 12 magistrados es decisión también de los partidos políticos con representación parlamentaria.

Podríamos continuar citando el sometimiento a que están sujetos otros órganos constitucionales, como el Consejo de Estado, la Fiscalía General del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo y un largo etcétera, incluido el Consejo de Administración de la radiotelevisión pública, y todo esto sucede gracias también al desamparo constitucional.

La regeneración democrática debe empezar por la forma de elección de los miembros de las instituciones básicas. Toda la legislación que consagra la normativa que posibilita esta servidumbre de la Justicia, o tiene asiento constitucional directo o se deriva sin excesivos reveses de esta Constitución.

 

5.- La misma clase política –no en sus individualidades, sí en sus partidos y/o principios- que elaboró la Constitución española y se sirve de ella es la que está inmersa una corrupción generalizada, procediendo al saqueo del país en cuanto puede.

De los 730 casos judiciales abiertos hasta noviembre de 2009, 464 corresponden a dirigentes del PSOE y 200 al PP, el resto se reparten entre otras fuerzas políticas en proporción aproximada a su implantación electoral.

Dado este estado de cosas, no es de extrañar que los partidos políticos hayan pasado de preocupar al 6 por ciento de los españoles en 2008 a hacerlo al 21,6 en 2010, según el CIS.

En la política española, salvo excepciones, el que llega más lejos no es el mejor preparado, ni el que tiene mejores cualidades para el servicio público, sino el que sabe trepar en un partido y servir a su líder. El excesivo número de políticos profesionales y su escasa, cuando no nula, experiencia laboral, consagran una casta política que defiende sus intereses sin importarles los medios.

El artículo 6 de la Constitución española refiriéndose a los partidos políticos declara que “su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley. Su estructura interna y su funcionamiento deberán ser democráticos”. Este texto no protege bien jurídico alguno porque nada concreta, como se encargaron de que así fuese los predecesores de la clase política actual, algunos de ellos todavía sentados en el edificio de la Carrera de San Jerónimo.

Es cierto que la Constitución no tiene que ser, ni debe ser, un vademécum de recetas ni de principios  urbi et orbi, pero su calculada ambigüedad fue el resultado de los planes de ayer de los mismos partidos, o de sus herederos, que hoy se benefician de una redacción tan benevolente con sus prácticas corruptas.

 

6.- España está a punto de dejar de ser nación, gracias también a la Constitución y a su Título VIII.

Efectivamente, el Estado español se ha vaciado en la práctica de competencias y no puede frenar la deriva secesionista en unos casos, despilfarradora en los más afortunados, y en todos los supuestos disgregadora de las Comunidades Autónomas. La desaparición de España como nación puede ser ya, sin catastrofismo alguno, un hecho irreversible.

Comentaba recientemente en Málaga, el ex Presidente del Gobierno español, José María Aznar, que para cambiar las cosas la primera condición sería que hubiera voluntad política de hacerlo, y él afirmaba que dudaba que hubiera tal, pero en segundo lugar, posiblemente, aunque se quisiera, ya no fuera posible retrotraer algunas situaciones al marco en el que siempre debieron estar. Se refería, es claro, a las autonomías catalana y vasca, por este orden.

El llamado Estado de las Autonomías es una suerte de engaño que sólo ha complacido a las otras castas políticas que no tuvieron en el primer reparto del poder en 1978 la suficiente fuerza para hacerse con una cuota importante de éste, aunque ya en aquel entonces influyeron incluso en demasía. Hoy, los desafíos en Cataluña y el País Vasco –pero también con formas menos perversas en apariencia pero letales en el fondo en otras Comunidades- son tan desestabilizadores que invocan la misma Constitución arrastrándola al fango. Quizá sea éste y la educación los dos mayores males de España por los cuales no quepa hablar de ésta en un futuro más próximo del que podríamos pensar.

 

7.- Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que establezcan los Tratados y la Ley. Una vez aceptado lo anterior como lo únicamente necesariopara que cualquier extranjero tenga un derecho reconocido para ser residente en España, habrá que desarrollar mediante una Ley de Extranjería y Adaptación (LEA), cuáles serían los derechos y deberes de los extranjeros en España.  Como preámbulo a este problema social de acogida al extranjero proveniente de muy distintos países (siendo los más  numerosos los originarios de Iberoamérica, el Magreb, europeos no comunitarios y subsaharianos) en busca de trabajo y de una mejor calidad de vida que la que tienen en sus países, se hace cada vez más necesario y urgente la reforma de la Ley de Extranjería actual, estableciéndose una serie de controles que permitan la pacífica convivencia entre los españoles de origen y aquellos que por muy distintos motivos hayan elegido España como residencia.

Hay que legislar con la misma velocidad con la que se mueve este fenómeno de la inmigración. Hay que legislar desde una vertiente más acorde con este sufrimiento social, humano y económico. Nadie quiere dejar a su familia y separarse de ella (sufrimiento humano), nadie quiere cambiar su entorno social por otro que no conoce (sufrimiento social) y nadie quiere emigrar por motivos de pobreza (sufrimiento económico). Sin dramatizar, podemos decir que España ha pasado de la noche a la mañana de ser un país generador de emigrantes, a convertirse en un país receptor de inmigrantes. Por todo lo anterior, somos sensibles a los problemas sociales y humanos que se derivan de este fenómeno tan candente como es la inmigración, y proponemos los siguientes planteamientos básicos:

1º.- Una ley de Extranjería y Adaptación (LEA) que venga a regular la situación, en cuanto a deberes y obligaciones, de los extranjeros que decidan establecer su residencia en España, bien con carácter temporal o definitivo.

2º.- La LEA tiene que defender, ante el enfoque ideológico de la “Alianza de las Civilizaciones”, una Ley que, respetando el derecho de los inmigrantes a establecer su residencia en España, éstos respeten también nuestra Nación. Las bases de la cultura española se alimentan de la occidental cristiana y se asientan en la convivencia pacífica y la solidaridad de sus pueblos y en el esfuerzo y el trabajo como únicos títulos de dignidad.

3º.- La LEA establecerá laregulación de losinmigrantes poniendo a disposición de las distintas Administraciones los medios necesarios para llevar a efecto:

-        Un mejor control de los flujos migratoriossobre nuestro territorio que potencie  la lucha contra la inmigración ilegal.

-       Control de las  redes de trabajo clandestino para su desaparición total  con imposición de fuertes penas que no favorezcan su aparición.

-        Un férreo control que permita la integración de los extranjeros en España, de tal manera que se proteja su acogidapor razones de especialidad profesional.

-        Control de la venida de extranjeros por matrimonio pactado o  “matrimonio por conveniencia”.

-       Control de la inmigración familiar, contemplándose ésta con criterios racionales y humanos para aquellos familiares contemplados en el grupo I de consanguinidad (cónyuges, hijos, hermanos, padres, etc.).El agrupamiento familiar debe analizarse con lupa ya que se considera que es una de las mayores vías de inmigración.

4º.- La LEA se responsabilizará de proteger los derechos de los inmigrantes, y también les exigirá las obligaciones que ellos tienen con España en cuanto a:

 

-       Aprender el idioma español.

-       Respeto a la cultura occidental cristiana.

-       Obediencia y respeto a la Monarquía o al sistema de gobierno que los españoles nos demos democráticamente.

-       Respeto a nuestra identidad nacional.  

 

8.- Menos presencia del Estado en la economía

La economía se rige, en un Estado del bienestar, en función de las prioridades políticas, obviando en gran parte el libre mercado. Asimismo, también podemos afirmar que la propia elaboración de la Constitución se rigió por necesidades coyunturales que impidieron observar con perspectiva cuáles serían sus consecuencias.

Manifestamos que esta Constitución impide, con su actual interpretación, cualquier desarrollo económico que se quiera implementar sobre todo lo referente al Estado de las autonomías y su financiación.

El articulo 149,1 enumera y expone en 32 apartados las competencias exclusivas del Estado que van desde la igualdad de todos los españoles, las nacionalidades, legislación laboral, legislación civil, propiedad intelectual , defensa y fuerzas armadas, Justicia, etc. No aparece ningún apartado sobre sanidad y educación.

Cualquier competencia que no esté aquí recogida puede ser susceptible de ser gestionada por cualquiera de las restantes Administraciones.

Todo ello sin perjuicio del artículo 150.2 que refleja la posibilidad de transferir estas competencias a las Comunidades Autónomas mediante leyes orgánicas. Junto a esta posibilidad se dice expresamente  “la ley preverá … las formas de control que se reserve el Estado”.

El articulo 148 refleja de una manera escueta las competencias de las autonomías, resumidas en 22 apartados. El articulo 150.3 dice que el Estado puede legislar sobre las competencias financieras de las autonomías, es decir sobre sus impuestos y tasas propias o cedidas por el Estado. A pesar de todo, no existe ningún organismo que permita al gobierno de turno  ejecutar la obligación de controlar tanto las competencias cedidas a las autonomías como su actividad legal y fiscal.

De todo ello podemos deducir que la Constitución depende de la interpretación que convenga en cada momento a los políticos de turno y de sus interese partidistas.

A día de hoy sólo tenemos una referencia relacionada con el control y coordinación por parte del Estado y esta se aplicó el 20 de mayo de 2010 a través del Decreto-ley 8/2010 para controlar y reducir el gasto publico y el déficit. Hay que analizar ahora cómo afecta la sentencia del Tribunal Constitucional al Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Se hacen necesarias numerosas reformas: modificación de la organización política y administrativas del Estado, presencia mínima del Estado en la economía,  reforma del mercado de trabajo, etc.

 

9.- La Constitución no es en sí un fin, es una obra humana, producto de unas voluntades y de un momento histórico de España; es un medio jurídico, el de primer orden, que debe servir a los españoles, pero no resultar por razón alguna inalterable y no estamos condenados a sufrirla más allá de lo humanamente soportable. No es sagrada en modo alguno, debemos exigirle lo que de una Carta Magna se espera, no más, pero tampoco menos.

Las soluciones de un texto que sólo con 32 años ha demostrado ser inservible para los retos de hoy no están en operaciones cosméticas o de rehabilitación, sino en lo nuevo, no es en lo viejo ni en lo readaptado donde reside la fuerza para afrontar el porvenir, porque la crisis española es sistémica, no coyuntural o parcial.

En 1978 también la Constitución representó una ruptura respecto al viejo régimen, no fue con la reforma de Carlos Arias Navarro y su espíritu del 12 de febrero como se avanzó en pos de la democracia sino con una ruptura, que no reforma, del sistema entonces vigente. Hoy, 32 años después, España está en una nueva encrucijada por el  reparto del poder y para la que no sirve aquel texto ya vituperado y mohoso. Para aquellos que creemos que la Constitución sirve a unos y no responde a todos, ni a una idea de España integradora, creemos que debemos proponer una nueva que no sea rehén de los vicios de origen de aquélla.

Miguel de Unamuno ya advertía que era preferible formar a hombres a engendrar leyes, justo lo contrario de lo que se hace. La regeneración de los españoles del siglo XXI pasa, necesariamente, por combatir la indigencia moral e intelectual en la que chapoteamos, y del atrevimiento a levantar de nueva planta el edificio constitucional que creamos más acorde con las necesidades de hoy.

Lo importante es el reto intelectual de repensar la capacidad de regenerarse moralmente. Silvela, Unamuno, Costa, Giner de los Ríos, Gustavo de la Iglesia, Emilia Pardo Bazán, Pedro Dorado, Eduardo Sanz, Gumersindo de Azcárate y toda una pléyade de pensadores propusieron a España la necesidad de refundarse. La misma necesidad tenemos hoy los españoles del siglo XXI para adquirir un compromiso cívico con la virtud y no con lo antiguo, el posibilismo o el miedo, tan del gusto de quienes nos gobiernan y de quienes les sirven, conscientes y taimadamente o inconscientes por alienados, que prefieren súbditos a ciudadanos libres.

¿Cómo puede pretenderse innovar en la ciencia, la tecnología, la empresa… si no lo hacemos en las bases de nuestra convivencia, anquilosada en formas obsoletas e ineficientes y que encuentran su máximo respaldo en la Constitución española? ¿Qué clase de discurso indecente es ese que bien con el miedo acerca de la historia de España, cuando no con amenazas directas, pretende dejar las cosas como están o sólo alterarlas en la justa medida en que no incomoden a los cancerberos que se reparten el botín? Vivir es atreverse y descubrir, perseguir la verdad, aunque cueste.

 

10.- La prioridad no es reformar la Constitución, esto será consecuencia de mostrar su inservibilidad democrática. La prioridad es el cambio en España.

Según el CIS (núm. 2.853), los aspectos más demandados de reforma de la Constitución y las instituciones españolas son el sistema judicial (9,7 por ciento) y el sistema autonómico (6,9). Los grados de satisfacción con la Constitución son los siguientes: Muy satisfecho (4 por ciento), bastante satisfecho (41,8), poco satisfecho (31,6), nada satisfecho (7,5). Ante la pregunta de si habría que reformar la Constitución –no se pregunta otra cosa- el 54,1 contesta que sí y el 24,7 que no.

El hartazgo de los ciudadanos fue el que hizo caer el Muro de Berlín. España necesita también derribar este muro, el de la Constitución, para desencadenar a la sociedad civil de los poderes del Estado a los que hoy está sometida, levantando otros que sí sean reflejo de la voluntad popular libremente expresada ya en un marco democrático.

 

11.- La situación material y moral de España es tan extrema en su debilidad y corre tanto peligro su unidad, a la vez que está tan expuesta a múltiples amenazas de otro orden, que no caben reformas o retoques en este Estado, sino que una situación tan grave pide cambios profundos y amplios que por lo que se refiere a su ordenamiento jurídico deben ver la luz con una nueva Constitución.

De igual modo que un médico que recibiera en el servicio de urgencias a un paciente con un infarto agudo de miocardio trataría su mal  con una maniobra de recuperación cardiaca manual o eléctrica y podría producirle hasta lesiones intercostales en su afán de devolverle a la vida, y no le administraría un crema hidratante o le vendaría una mano, la España de hoy –que ha estado, incluso, en estado de alerta- lo que precisa son medidas de choque, políticas valientes de largo alcance y el arrumbe de cuanto estorba más que ayuda.

 

12.- Una nueva Constitución haría posible la refundación de España como nación, con amplias y claras competencias del Estado, con un sistema regional descentralizado pero con límites precisos, sin privilegios históricos de ninguna clase a ninguna parte del territorio nacional, con una redefinición de las facultades del Rey acorde con el papel desempeñado por éste en el proceso de cambio, con la consagración de la independencia de la Administración de Justicia mediante la elección de sus órganos de gobierno exclusivamente por jueces y fiscales, con garantías de libre elección de los centros de enseñanza por los padres, tanto en la enseñanza pública como en la privada, con una protección inequívoca del derecho a la vida en cualquiera de sus formas y con una importante reducción cuantitativa de funcionarios y distinto personal de las Administraciones Públicas en su conjunto.

Todo lo humano tiende a la corrupción física, por eso la lucha constante contra la naturaleza degenerativa de las cosas es la única forma elemental de mantenerse vivo, porque en otro caso no existiríamos como especie. La Constitución no escapa tampoco a su corruptibilidad.

Éstas u otras concreciones constitucionales deben ser resultado de un gran debate nacional en un periodo constituyente fijado tras unas elecciones en las que se decidiera una mayoría absoluta propicia al cambio, que sólo será posible mediante años de debate público, de convencimiento personal de los ciudadanos, de conquistas parciales en distintos ámbitos, mediante el fortalecimiento de la sociedad civil con la necesaria pedagogía política que seamos capaces de transmitir. Recordemos las palabras de Toynbee: "Las sociedades se afianzan respondiendo a los desafío que la historia les plantea, y fracasan cuando no los perciben en su gravedad o no aciertan a movilizar las energías necesarias."



[1] JIMÉNEZ DE PARGA, Manuel.- Nuestra vieja Constitución de 1978.- El Mundo.- 13/12/2010.- P. 23.

[2] DÍEZ, Rosa.- Ley electoral y regeneración democrática.- El Mundo.- 14/12/2010.- p. 21.

[3] GONZÁLEZ BALLESTEROS, Teodoro.- La regeneración de las instituciones.- ABC.- 26/11/2010.- P. 3.

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